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Despacho Jurídico en Derecho Familiar

La Patria Potestad

¿Qué es la patria potestad?

Es el conjunto de deberes y derechos que ejercen los ostentadores de este título sobre las niñas, niños y adolescentes y los bienes de estos. Un ejemplo de esto es:

La patria potestad que surge de los padres sobre sus menores hijos o no emancipados, por lo que mientras el hijo se encuentre bajo la patria potestad, éste no podrá dejar la casa de los que la ejercen sin permiso de ellos o decreto de la autoridad competente.

En esta relación ya sea entre ascendientes y descendientes o de quien detente la patria potestad deberá imperar el respeto, la consideración mutua, una interacción armónica, independientemente cual sea su estado, edad, condición o si estos habitan bajo el mismo techo o no.

Personas que ejercen la patria potestad.

El ejercicio de la Patria Potestad es en el siguiente orden de conformidad con la ley:

✅ Los padres.

Por la relación natural que surge entre ascendiente y descendiente.

✅ Por uno solo de los padres.

Cuando por cualquier circunstancia deje de ejercerla alguno de ellos, corresponderá el ejerció al otro.

✅ Los abuelos.

A falta de ambos padres o por cualquier otra circunstancia, ejercerán la patria potestad sobre los menores, los ascendientes en segundo grado (abuelos), en el caso de que exista el interés por ambos abuelos de los padres en tener la patria potestad, esto será resuelto por un juez de lo familiar, tomando en cuenta las circunstancias del caso e intereses del menor.

✅ Por los familiares consanguíneos hasta el tercer grado colateral.

Esto es los hermanos de los padres comúnmente conocidos como tíos, al igual que en el caso de los abuelos de existir interés por ambos parientes de los padres en tener la patria potestad, esto será resuelto por un juez de lo familiar, tomando en cuenta las circunstancias del caso e intereses del menor.

La Patria Potestad respecto a la separación.

Cuando los que ostentan el ejercicio de la patria potestad se separan y no se llegara a un acuerdo con lo referente a la guarda y custodia, la jueza o juez familiar resolverá de acuerdo al interés superior de las niñas, niños y adolescentes, teniendo en cuenta que, quien no tenga la custodia asiste el derecho de visita.

En algunas legislaciones del país, estípula como preferencia para la guarda y custodia a las madres.

La separación no significa desatenderse de sus obligaciones, porque estas continúan vigentes, lo único que si procede es el convenio judicial de los términos de su ejercicio.

Convenio o resolución judicial.

En este instrumento se consagrará la colaboración alimenticia, la crianza y la convivencia con el menor.

Casos en los que se impide la relación del menor con uno de sus ascendientes.

No podrán impedirse, sin justa causa, las relaciones personales entre la niña, niño o adolescente y sus ascendientes.

En caso de que esto ocurriera, a petición de cualquiera de ellos, el Juez Jueza en materia Familiar resolverá lo conducente previa audiencia de la niña, niño o adolescente, salvaguardando en todo momento el interés superior de la niñez.

Sólo por mandato judicial se podrá limitar, suspender o hasta perder la Patria Potestad, las conductas que propicien esta decisión son:

  • El incumplimiento reiterado de las obligaciones de crianza.
  • Cuando la salud e integridad física, psicológica o sexual de las niñas, niños y adolescentes se encuentre en peligro.

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Obligaciones de la patria potestad.

Los que ejercen la patria potestad están obligados por ley a:

➡️ Garantizar sus derechos alimentarios, su desarrollo integral y el ejercicio de sus derechos.

➡️ Registrarlos dentro de los primeros sesenta días de vida.

➡️ Asegurar que cursen la educación obligatoria, participar en su proceso educativo y proporcionarles las condiciones para su continuidad y permanencia en el sistema educativo, así como impulsar sus habilidades intelectuales.

➡️ Formar y educar apropiadamente a niñas, niños y adolescentes, sin que ello pueda justificar limitación, vulneración o restricción alguna en el ejercicio de sus derechos.

➡️ Asegurar un entorno afectivo, comprensivo y sin violencia para el pleno desarrollo de su personalidad.

➡️ Fomentar en niñas, niños y adolescentes el respeto a todas las personas, así como el cuidado de los bienes propios, de la familia y de la comunidad, y el aprovechamiento de los recursos que se dispongan para su desarrollo integral.

➡️ Protegerles contra toda forma de violencia, maltrato, perjuicio, daño, agresión, abuso, venta, trata de personas y explotación.

➡️ Abstenerse de realizar o propiciar cualquier atentado contra su integridad física, psicológica y sexual con actos que menoscaben su desarrollo integral.

➡️ Evitar conductas que puedan vulnerar el ambiente de respeto y generar violencia o rechazo en las relaciones entre niñas, niños y adolescentes, y de estos con quienes ejercen la patria potestad, tutela o guarda y custodia, así como con los demás miembros de su familia.

➡️ Considerar la opinión de las niñas, niños y adolescentes para la toma de decisiones que les conciernan de manera directa conforme a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez.

➡️ Educar en el conocimiento y uso responsable de las tecnologías de la información y comunicación.

➡️ Abstenerse de ejercer castigo corporal, castigo humillante o cualquier forma o tipo de violencia, en la formación y educación de las niñas, niños y adolescentes.

➡️ Fomentar hábitos adecuados de alimentación, de higiene personal y de desarrollo físico.

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Abogado Sucesorio

Juicio Sucesorio Testamentario o Juicio Testamentario

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¿Su familiar murió y dispuso de sus bienes a través de un testamento? Esta información le interesa.

El juicio sucesorio testamentario es, el proceso jurisdiccional por el cual los denominados herederos piden la partición y adjudicación de los bienes, derechos y obligaciones (herencia) de una persona por causa de su muerte (cujus o finado), debido a que estos no se extinguen por dicho hecho.

La sucesión testamentaria es considerada por las legislaciones un tema familiar por lo que será un asunto que se dimirá en un Juzgado de lo Familiar ante un Juez o Jueza en la materia.

Todo juicio testamentario llevado por la vía judicial, se conformara de cuatro secciones que irán desde la muerte del de cujus hasta la adjudicación de los bienes.

Las etapas del Juicio Sucesorio Testamentario.

Cada división tiene nombre y son seriadas, lo que significa que no podrán realizarse de forma salteada pero de aplicar, podrán hacerse simultáneamente. Las fases serán conocidas como de sucesión, inventario y avalúos, administración y partición.

Sección Primera de Sucesión.

Esta contendrá, en sus respectivos casos:

  • El testamento o testimonio de protocolización o la denuncia del intestado, copia certificada del acta de defunción del autor de la herencia, la partida de defunción del autor de la herencia, y no siendo esto posible otro documento o prueba bastante.
  • Las citaciones a los herederos y la convocación a los que se crean con derecho a la herencia.
  • Lo relativo al nombramiento, no aceptación o remoción de albacea e interventores.
  • El reconocimiento de derechos hereditarios.
  • Los incidentes sobre nombramiento o remoción de tutores.
  • Las resoluciones que se pronuncien sobre la validez del testamento, la capacidad legal para heredar y preferencia de derechos.

Sección Segunda de Inventario y Avalúos.

Esta contendrá:

  • El inventario provisional del interventor.
  • El inventario y avalúo que forme el albacea.
  • Los incidentes que se promuevan.
  • La resolución sobre el inventario y avalúo.

Sección Tercera Administración.

Esta contendrá:

  • Todo lo relativo a la administración.
  • Las cuentas, su glosa y calificación.
  • La comprobación de haberse cubierto el impuesto fiscal (estipulado en la CdMx).

Sección Cuarta de Partición.

Esta contendrá:

  • El proyecto de distribución provisional de los productos de los bienes hereditarios.
  • El proyecto de partición de los bienes.
  • Los incidentes que se promuevan respecto a los proyectos a que se refieren los puntos anteriores.
  • Los convenios relativos.
  • Las resoluciones sobre los proyectos mencionados.
  • Lo relativo a la aplicación de los bienes.

Las etapas antes mencionadas son básicamente el procedimiento del juicio sucesorio testamentario, proceso jurídico que garantiza que la masa hereditaria de la cual dispuso el ahora finado se distribuya de acuerdo a su disposición.

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Abogado Familiar

Juicio de Alimentos o de Pensión Alimenticia

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¿Su expareja se fue de su hogar o se divorciaron y no ayuda con los gastos de sus menores o de usted aunque esto se haya asentado y acordado? ¿O le acusan de no cumplir con sus obligaciones alimentarias? Aquí le diremos que hacer.

El juicio de alimentos es la facultad jurídica que tiene una persona denominada acreedor alimentista de ejercer ante una autoridad jurisdiccional para exigir a otra denominada deudor alimentario lo necesario para vivir, como consecuencia del parentesco consanguíneo, del matrimonio, del divorcio o del concubinato.

El derecho alimentario o alimentos deben brindar una debida asistencia para las personas que están destinados.

La también conocida como manutención es obligatoria y recíproca, lo que significa que el que la exige también estará obligado en un momento a darla.

Para exigir la pensión alimenticia únicamente se deberá probar que es titular de este derecho frente a una autoridad judicial para que su acción prospere.

La finalidad de este juicio es dar los medios de vida suficientes al acreedor alimentario porque este carece de la forma de obtenerlos e imposibilitado de procurárselos, por lo que la obligación es del deudor alimentario.

Estas disposiciones son de orden público por lo que todas las autoridades y la sociedad en general están obligadas a procurar la aplicación de las leyes referentes a esta materia.

Personas que tienen el legítimo derecho de recibir o exigir alimentos.

Según nuestros códigos en la materia, el derecho de recibir alimentos es de:

  • Los hijos menores de edad.
  • Los hijos mayores de edad que se dediquen al estudio.
  • Los discapacitados.
  • Los adultos mayores (en su carácter de padres).
  • Los cónyuges.
  • Los concubinos (en la legislación de la CdMx no esta contemplado).

Mientras que en los casos de alimentos entre concubinos si bien es cierto no son más fáciles, sus reglas no son tan complejas por el hecho de no existir el vínculo matrimonial, lo que permite por decirlo de una forma reglas más simples como a continuación las mencionaremos.

Para que exista esta obligación entre concubinos se deberá:

  • Acreditar haber hecho vida común por al menos un año o haber procreado algún hijo en común.
  • Que el concubino o concubina carezca de bienes y que se haya dedicado cotidianamente al trabajo del hogar, consistente en tareas de administración, dirección, atención y cuidado de las y los hijos, tendrá derecho a alimentos, mismo que no será inferior al cuarenta por ciento del total del sueldo, hasta que los hijos cumplan la mayoría de edad o que se dediquen al estudio. Tratándose de las y los hijos mayores de edad discapacitados, previa acreditación con la documentación idónea expedida por una institución pública de salud, al cuidado de alguno de los concubinos, el otro deberá proporcionarlos de por vida. Cuando alguno de los concubinos se encuentre imposibilitado física o mentalmente para trabajar, previa acreditación con la documentación idónea expedida por una institución pública de salud, tendrá derecho a alimentos, el cual no será inferior al veinte por ciento del total del sueldo, por el tiempo que haya durado el concubinato.
  • Que no haya contraído nuevas nupcias o viva en concubinato.
  • Que se reclame dentro del año siguiente de haber cesado el concubinato.
  • En el caso de que la concubina trabaje u obtenga una actividad remunerada, la obligación del concubino para dar alimentos será en los términos que establezca la ley en la materia.
  • La concubina que no tenga hijas o hijos, que carezca de bienes y que se haya dedicado cotidianamente al trabajo del hogar, consistente en tareas de administración, dirección y atención, tendrá derecho a alimentos, mismo que no será inferior al treinta por ciento del total del sueldo, por el tiempo que haya durado el concubinato.
  • No podrán reclamar alimentos y en su caso cesarán si se une en concubinato o contrae matrimonio.

Respecto a este tema es importante destacar que este punto solo es aplicable en la legislación del Estado de México y no en la de la Ciudad de México.

Aspectos que comprenden los alimentos.

Los alimentos comprenden esencialmente la satisfacción de las necesidades, por lo que nuestros tribunales y máximos tribunales como la Suprema Corte de Justicia de la Nación, han enlistado estos menesteres en:

  • Alimentación.
  • Nutrición.
  • Habitación.
  • Educación.
  • Vestido.
  • Atención médica.
  • Hospitalaria.
  • Psicológica preventiva integrada a la salud y recreación.
  • En los casos de mujeres embarazadas los gastos de embarazo y parto.
  • Tratándose de niñas, niños y adolescentes y tutelados comprenden, además, los gastos necesarios para la educación básica, descanso, esparcimiento y que se le proporcione en su caso, algún oficio, arte o profesión adecuados a sus circunstancias personales.
  • Con relación a las personas con algún tipo de discapacidad o declarados en estado de interdicción, lo necesario para lograr, en lo posible, su habilitación o rehabilitación y su desarrollo. Literalmente la Ciudad de México lo establece así, esto no significa que el Estado de México no lo contemple, solo que en su ley esta disperso.
  • En el caso de personas adultas mayores, la CdMx dice además de todo lo necesario para su atención geriátrica, se procurará que los alimentos se les proporcionen, integrándolos a la familia. Mientras que el EdoMex establece los familiares deberán cumplir con lo establecido en el artículo 33 de la Ley del Adulto Mayor del Estado de México, así como garantizar y procurar sus derechos y obligaciones.

¿Qué es la Pensión Alimenticia?

Es la cantidad de dinero que el deudor alimentario otorga en forma periódica al acreedor o acreedores alimentarios, cumpliendo así con su obligación de proporcionar alimentos.

Esta también llamada manutención puede ser acordada entre los cónyuges o concubinos o de quienes están obligados a darla, de no existir un acuerdo entre las partes será el o la jueza de lo familiar quien decidirá al respecto.

En algunas leyes como ejemplo el Código Civil del Estado de México, esta pensión alimenticia dependiendo le hipótesis normativa en la que se encuentre podría ser del 20%, 30% o 40% del sueldo, en los casos que el deudor alimentario sea asalariado, a diferencia de su homólogo el Código Civil de la Ciudad de México no establece un porcentaje en ningún caso.

Sin embargo tanto en el CCEDOMEX así como en el CCCDMX establecen que, cuando no sean comprobables el salario o ingresos del deudor alimentario, la o el juez familiar resolverá tomando como referencia la capacidad económica y el nivel de vida que el deudor y sus acreedores alimentarios hayan llevado en el último año, solo que el EdoMex pone al menos un límite del cual no puede ser inferior a una unidad de medida y actualización por cada acreedor alimentario y la CdMx no hace ningún tipo de mención al respecto.

La pensión alimenticia puede ser actualizada y susceptible de sufrir incrementos debido a los ajustes que pueda obtener el deudor, o como en los casos de la Ciudad de México donde los alimentos tendrán un incremento automático mínimo equivalente al aumento porcentual anual correspondiente al Índice Nacional de Precios al Consumidor publicado por el Banco de México, salvo que el deudor alimentario demuestre que sus ingresos no aumentaron en igual proporción en estos casos el incremento en los alimentos se ajustará al que realmente hubiese obtenido el deudor.

Las pensiones o alimentos caídos.

El deudor alimentario debe pagar las pensiones caídas que se le reclamen y que hubiere dejado de cubrir ya sea por no estar presente o por reusarse a darlos, porque en todo caso será responsable de las deudas que contrajeran el o los acreedores alimentarios para cubrir sus necesidades por ese motivo.

De ser así el o la jueza en materia familiar resolverá respecto al monto de la deuda.

Por lo que le recomendamos cubrir estas pensiones alimenticias porque nada ni nadie le podrán hacer evitarlas, debido a que los alimentos son irrenunciables, imprescriptibles e intransigibles y como consejo le sugerimos que estas las haga a una cuenta bancaria a nombre del deudor alimentario o de quien lo recibe a su nombre, para que de existir un problema como ser acusado de no cubrir esta obligación tenga las pruebas necesarias que lo puedan eximir de este señalamiento que le puede generar grandes problemas.

¿Cuándo se deja de pagar la pensión alimenticia o cesa la obligación alimentaria?

Esta obligación se extingue o suspende por varias razones según sea el caso, algunas de las causas son:

  • Cuando el acreedor deja de necesitar los alimentos.
  • En caso de daño grave, violencia familiar, injurias graves o conducta viciosa inferidos por el acreedor (menor o mayor de edad) contra el que debe proporcionarlos.
  • Si el acreedor, sin consentimiento del que debe dar los alimentos, abandona la casa de éste por causas injustificables.
  • Cuando el acreedor contraiga nuevas nupcias o se una en concubinato.
  • Cuando el deudor alimentario carece de medios para cumplirla.
  • En casos de mayores de edad que hallan continuado con sus estudios una vez se les proporcione algún oficio, arte o profesión adecuados a sus circunstancias personales.

¿Qué pasa si no se cumple con la pensión alimenticia?

El deudor alimentario que incumpla sus obligaciones ordenadas por mandato judicial o establecidas en un convenio judicial ante el Juzgado Familiar o Centro de Mediación y Conciliación perteneciente al Poder Judicial de la entidad, por un periodo de:

Estado de México:

  • Dos meses o
  • Cuatro pensiones alimenticios consecutivas.

En un periodo de dos años.

Ciudad de México:

  • Noventa días.

Sera considerado un deudor alimentario moroso.

Por lo que la Jueza o Juez de lo familiar ordenara su registro al Registro de Deudores Alimentarios Morosos área administrativa dependiente del Registro Civil.

¿Cómo salir del Registro de Deudores Alimentarios Morosos?

La única forma de poder salir de este registro es acreditar ante el Juez que se a liquidado toda la deuda.

Una vez comprobada la liquidación se pedirá al Juez o Jueza ordenen la cancelación de la inscripción a este registro. Convirtiéndose así, en la única forma de salir del mismo.

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Abogado Familiar

Juicio de Guarda y Custodia

¿Qué es el juicio de guarda y custodia?

El juicio de guarda y custodia es la comparecencia ante un Juez Familiar donde se decidirá el cuidado habitual de el o los menores, es decir cual de los dos progenitores se hará cargo del menor, en caso de separación.

Es importante entender que el juicio de guarda y custodia surge de la separación, ya sea que los padres se divorcien o se de por concluido el concubinato.

Por este motivo de común acuerdo los progenitores, decidirán quien la ejercerá, teniendo en cuenta los siguiente puntos:

✅ El domicilio donde habitará el menor con el progenitor que ostentará la guarda y custodia.

✅ Régimen de visitas en favor del progenitor que no la ostente (teniendo en cuenta la periodicidad, horarios y el lugar donde se llevará a cabo).

✅ Así como la forma de solventar las necesidades del menor.

Para que este acuerdo tenga el peso legal necesario deberá ser redactado y elaborado en formato de convenio y expuesto ante un Centro de Justicia Alternativa o ante un Juez de lo Familiar.

Dicho convenio de ser ratificado por ambas partes ante las autoridades antes mencionadas, será obligatorio su cumplimiento y que en caso de incumplimiento, será susceptible de exigir la parte afectada una sanción que puede ir desde una vía administrativa hasta penal.

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En caso de que los progenitores no lleguen a un acuerdo en el juicio de guarda y custodia de los hijos.

En casos donde el ponerse de acuerdo entre los progenitores sea imposible la decisión quedará a cargo del Juez Familiar.

La jueza o juez en materia familiar para tomar la mejor decisión a favor de las niñas, niños y adolescentes, deberá valorar las pruebas presentadas por cada una de las partes con el propósito de determinar que progenitor brinda las mejores condiciones para el desarrollo integral de el o los menores y entregarle así la guarda y custodia, así como al otro su derecho de convivencia.

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Los casos en que la jueza o juez puedan ordenar practicas de pruebas periciales en los juicios de guarda y custodia.

Las juezas y jueces pueden ordenar la práctica de pruebas periciales en materia de Psicología, Medicina, Trabajo Social, Toxicología
o cualquier otra disciplina que sea útil para determinar quién de
los progenitores ofrece el mejor ambiente para el resguardo, cuidado y atención de niñas, niños y adolescentes o a petición de parte de alguno de los progenitores.

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Casos en los que la guarda y custodia de los hijos es para la madre.

Hay legislaciones como la del Estado de México que a la letra dice que los menores de 10 años quedarán al cuidado de la madre salvo que esta sea perjudicial para el menor.

Sin embargo hoy en día por cuestiones de equidad de genero algunas legislaciones ya no tienen preferencia en dar la guarda y custodia a favor de la madre, ahora también puede ser adjudicada al padre, entonces será cuestión de visualizar la legislación de su localidad respecto a este punto y el juez determinará a el progenitor más capaz.

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Abogado en Divorcio

El Divorcio por Mutuo Consentimiento

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¿Usted y su pareja están de acuerdo en divorciarse? Esta información le interesa.

Este tipo de divorcio solo es aplicable en el Estado de México.

¿Qué es el divorcio por mutuo consentimiento?

Es divorcio por Mutuo Consentimiento cuando ambos cónyuges convengan en divorciarse y presenten a través de su abogado la solicitud escrita al Juez.

Requisitos para el divorcio por mutuo consentimiento.

La solicitud que se presente ante el juez competente para el divorcio por mutuo consentimiento deberá contener:

I. Convenio a que se refiere el Código Civil.

II. Copia certificada del acta de matrimonio.

III. Copia certificada del acta de nacimiento de sus menores hijos.

El juez velará para que el convenio que se adjunte a la solicitud de divorcio por mutuo consentimiento, sea acorde con el interés superior de los menores e incapaces.

La audiencia de avenencia en el divorcio por mutuo consentimiento.

Presentada la solicitud, el juez citará a los cónyuges a dicha audiencia, dentro de los cinco días siguientes, en la que procurará avenirlos. En el propio auto, señalará los puntos del convenio que no se ajusten a derecho o que no considere de equidad; propondrá que lo corrijan o ajusten por escrito a más tardar en la audiencia respectiva.

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Sobre el desarrollo de la audiencia en el divorcio por mutuo consentimiento.

El juez hará saber el motivo de la audiencia, exhortará a los promoventes a que reconsideren su petición de divorcio y de no lograrse la reconciliación, analizará que el convenio esté ajustado a derecho.

El juez concederá el uso de la palabra a los solicitantes y, en su caso al Ministerio Público para hacer aclaraciones o precisiones al convenio.

La resolución del divorcio por mutuo consentimiento.

En la audiencia, el juez dictará resolución en la que decidirá sobre el convenio; si lo aprueba, declarará la disolución del vínculo matrimonial.

La ejecución del convenio se tramitará en el mismo expediente.

En casos de requerir un tutor especial en el divorcio por mutuo consentimiento.

El cónyuge menor de edad necesita de un tutor especial para poder solicitar su divorcio por mutuo consentimiento.

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Comparecencia personalísima de los cónyuges en el divorcio por mutuo consentimiento.

Los cónyuges comparecerán personalmente a la audiencia de avenencia.

Inasistencia de las partes en el divorcio por mutuo consentimiento.

Cuando, sin causa justificada, uno o ambos cónyuges no asistan a la audiencia, se declarará concluido el procedimiento.

La inasistencia podrá justificarse hasta la celebración de la audiencia; el juez señalará nuevo día y hora para la audiencia de avenencia dentro de los cinco días siguientes.

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La garantía de los alimentos en el divorcio por mutuo consentimiento.

Los alimentos se garantizarán mediante fianza, hipoteca, prenda, depósito, orden de pago al lugar de trabajo del deudor alimentario o cualquier otra forma de garantía que a juicio del juez sea bastante para ello.

El juez determinará el período por el que se deban garantizar los alimentos conforme a las circunstancias del caso y la capacidad económica de las partes.

Apelación contra la sentencia en el divorcio por mutuo consentimiento.

La sentencia que decrete el divorcio es irrecurrible, cónyuge que niegue la sentencia es apelable con efecto suspensivo.

Anotación del divorcio por mutuo consentimiento en el Registro Civil.

La sentencia de divorcio por mutuo consentimiento, será anotada en el Registro Civil remitiendo copia certificada respectiva para que a costa de los interesados proceda conforme a las disposiciones del Código Civil.

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Preguntas frecuentes sobre el divorcio por mutuo consentimiento.

¿Qué se necesita para hacer un divorcio de mutuo acuerdo?

Lo principal para el trámite del divorcio de mutuo acuerdo es la manifestación de la voluntad de ambos cónyuges, la solicitud que se presenta ante el juez, convenio, copia certificada del acta de matrimonio, copia certificada del acta de nacimiento de sus menores hijos.

¿Cuánto cuesta un divorcio por mutuo consentimiento?

¿Cuánto tiempo tarda un divorcio de mutuo acuerdo en México?

Esto dependerá de cada caso en particular y la carga de trabajo del juzgado, pero es posible que pueda llevar de 2 a 4 meses.

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Abogado en Divorcio

Divorcio Notarial

¿Si usted y su pareja están de acuerdo en divorciarse? El divorcio notarial es una opción, conozca como.

¿Qué es el divorcio notarial?

El divorcio es notarial cuando de mutuo acuerdo deciden separarse ante la fe de un Notario Público.

NOTA IMPORTANTE.- Este tipo de divorcio solo es aplicable en el Estado de México.

Requisitos del divorcio ante Notaria Pública.

I. Separación de mutuo acuerdo.

II. Convenio de divorcio asentado en escritura pública.

III. No tengan hijas o hijos menores de edad o mayores sujetos a tutela.

IV. La liquidación de la sociedad conyugal (de existir).

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Anotación del Divorcio Notarial ante el Registro Civil.

Para la anotación del Divorcio Notarial, la propia fedataria o fedatario remitirá copia certificada de la escritura pública que disuelve el vínculo matrimonial al Registro Civil para que a costa de los interesados se realicen los asientos correspondientes.

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Preguntas frecuentes sobre el divorcio notarial.

¿Cómo se tramita un divorcio notarial?

A través de su representante legal se contacta a un Notario Público, que al existir el consenso de ambos cónyuges de querer divorciarse siempre y cuando cumplan con los puntos descritos en este artículo, el notario podrá disolver el vínculo matrimonial, entregando al final la escritura pública que habrá de ser registrada.

¿Cuánto tarda el divorcio notarial?

Es posible que este tipo de divorcio pueda tardar de uno a quince días.

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Abogado en Divorcio

Divorcio Administrativo

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¿Busca divorciarse y ambos están de acuerdo en ponerle fin? El divorcio administrativo es una opción, aquí le decimos como.

¿Qué es el divorcio administrativo?

El divorcio es administrativo cuando ambos cónyuges convengan en divorciarse y a través de su abogado comparezcan ante el Oficial del Registro Civil del lugar de su domicilio o donde fue celebrado el matrimonio.

NOTA IMPORTANTE.- Este tipo de divorcio es una opción tanto en el área territorial de la Ciudad de México como en la del Estado de México.

Requisitos para el divorcio administrativo en el Estado de México.

I. El consentimiento de ambos cónyuges.

II. La comparecencia de ambos cónyuges ante el oficial del registro civil con su representante legal.

III. No tengan hijos menores de edad o mayores sujetos a tutela.

IV. La liquidación de la sociedad conyugal (de existir).

V. La inscripción del matrimonio en el territorio estatal.

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Requisitos para el divorcio administrativo en la Ciudad de México.

I. El consentimiento de ambos cónyuges de divorciarse.

II. La liquidación de la sociedad conyugal (de existir).

III. La cónyuge no este embarazada.

IV. Ninguno de los cónyuges requiera alimentos.

Ratificación de la solicitud y exhortación del divorcio administrativo.

El Oficial del Registro Civil, previa identificación de ambos cónyuges, habiendo cumplido los requisitos y seguido el procedimiento por su representante legal respecto al reglamento en la materia del Registro Civil, declarará el divorcio y levantará el acta respectiva, haciendo la anotación correspondiente en el acta de matrimonio.

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El divorcio administrativo sin efectos.

El divorcio administrativo no surtirá efectos legales si se comprueba que los cónyuges tienen hijos menores de edad o mayores sujetos a tutela o no han liquidado la sociedad conyugal.

En estos casos el oficial del registro civil hará la denuncia penal correspondiente en contra de los cónyuges responsables.

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Preguntas frecuentes sobre el divorcio administrativo.

¿Cuándo procede el divorcio administrativo?

Cuando ambos cónyuges convengan en divorciarse y a través de su abogado comparezcan ante el Oficial del Registro Civil del lugar de su domicilio o donde fue celebrado el matrimonio.

¿Cuáles son los requisitos del divorcio administrativo en el Estado de México?

El consentimiento de ambos cónyuges, la comparecencia de ambos cónyuges ante el oficial del registro civil con su representante legal, no tengan hijos menores de edad o mayores sujetos a tutela, la liquidación de la sociedad conyugal y la inscripción del matrimonio en el territorio estatal.

¿Cuáles son los requisitos del divorcio administrativo en el Ciudad de México?

El consentimiento de ambos cónyuges de divorciarse, la liquidación de la sociedad conyugal (de existir), la cónyuge no este embarazada, ninguno de los cónyuges requiera alimentos.

¿Cuál es la diferencia entre divorcio voluntario y administrativo?

La diferencia entre uno y otro es que en uno se solicita de mutuo acuerdo a un juez en materia familiar y el otro se realiza frente a un oficial del registro civil.

¿Cuánto cobran por un divorcio administrativo?

¿Cómo obtener una asesoría legal gratuita en divorcio administrativo?

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Divorcio Incausado

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¿Quiere divorciarse por la vía incausada y desea conocer todo respecto a este juicio? conozca aquí todo sobre esta disolución matrimonial.

¿Qué es el divorcio incausado?

El divorcio es incausado cuando cualquiera de los cónyuges lo solicita sin que exista necesidad de señalar la razón que lo motiva.

Requisitos para el divorcio incausado.

La demanda de divorcio deberá ser acompañada por los siguientes documentos:

I. Acta de matrimonio en copia certificada.

II. Acta de nacimiento de los hijos en copia certificada.

III. Propuesta de convenio que habrá de regular las consecuencias de la disolución del vínculo matrimonial y esta deberá contener:

a) Designación sobre la guarda y custodia.

b) Régimen de visita y convivencia.

c) Cónyuge que seguirá habitando el domicilio.

d) La cantidad que por concepto de alimentos se propone para los menores y/o cónyuge solicitante.

e) La administración de los bienes de existir sociedad conyugal.

f) En caso de ser separación de bienes, la forma de repartición.

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Procedimiento del divorcio incausado.

Presentada la demanda de divorcio incausado en el juzgado correspondiente, de no existir prevención alguna el juez admitirá a trámite la demanda, dando vista al otro cónyuge y proveerá sobre las medidas precautorias solicitadas o las que estime necesarias para salvaguardar el interés superior de los menores o incapaces.

Además, se señalará día y hora para una audiencia de avenencia que tendrá verificativo después de nueve y antes de quince días, contados a partir de la notificación del propio auto de admisión a trámite de la demanda de divorcio incausado.

Casos en los que se desconoce el paradero del cónyuge demandado en el divorcio incausado.

Si el otro cónyuge no se localiza en el domicilio señalado, no tiene uno fijo o se ignora su paradero, la notificación se hará por edictos. La audiencia se señalará dentro de los cinco días siguientes a la fecha de exhibición de las publicaciones que contengan los edictos respectivos.

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La audiencia de avenencia en el divorcio incausado.

La audiencia de avenencia es la comparecencia donde el juez tratará de conciliar a las partes para continuar con el matrimonio, no habiéndose obtenido la conciliación, citará a una segunda audiencia de avenencia con el mismo propósito, en un término de tres días y si en esta segunda audiencia de conciliación no se logra avenir a las partes, continuará la misma y el juez escuchará la propuesta de convenio instaurada en la demanda, en la que se podrán modificar o adicionar las cláusulas del mismo a petición de los interesados.

De manifestar su conformidad con los términos del convenio y de no haber observación alguna por el juez, se aprobará y elevará a la categoría de cosa juzgada, decretando la disolución del vínculo matrimonial y en su caso, la terminación de la sociedad conyugal.

La aprobación del convenio podrá ser sólo sobre los puntos en que haya consenso, respecto de los restantes se procederá conforme al siguiente subtítulo.

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Cuando no existe consenso entre los cónyuges en el convenio de divorcio incausado.

De no llegar a un acuerdo sobre la totalidad de los puntos del convenio o de faltar a la audiencia respectiva el cónyuge citado, se decretará la disolución del vínculo matrimonial y en su caso, la terminación de la sociedad conyugal; apercibiendo a las partes de abstenerse de ocultar, enajenar, dilapidar bienes y efectos patrimoniales generados durante el matrimonio hasta en tanto se resuelva en definitiva.

En la propia audiencia, se decidirá sobre las medidas precautorias y provisionales, entre otras las referentes a los alimentos, guarda y custodia de menores o incapaces y régimen de convivencia.

Se otorgará a las partes un plazo común de cinco días para que conforme a los requisitos de una demanda, formulen sus pretensiones, hechos y ofrezcan sus medios de prueba, respecto de los puntos que no hayan sido objeto de consenso y los demás que estimen convenientes.

Con los escritos que presenten las partes, se les dará vista para que manifiesten lo que a su interés convenga, opongan defensas y excepciones y ofrezca los medios de prueba respectivos, por un plazo de cinco días.

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La audiencia inicial en el divorcio incausado.

De no formularse pretensión alguna respecto a los puntos que no lograron ser consensados y transcurrido el plazo de 5 días el juez citará a las partes a la audiencia inicial la cual deberá ser dentro los 5 días siguientes.

Sobre la resolución que determina la disolución del vínculo matrimonial en el divorcio incausado.

La resolución que decrete el divorcio será irrecurrible.

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Preguntas frecuentes sobre el divorcio incausado.

¿Cómo se tramita el divorcio incausado?

Se tramita a través de una demanda instaurada en los juzgados familiares correspondientes.

¿Qué es el divorcio incausado?

El divorcio es incausado cuando cualquiera de los cónyuges lo solicita sin que exista necesidad de señalar la razón que lo motiva.

¿Qué tiempo dura un divorcio incausado?

El tiempo dependerá del caso en particular y carga laboral del juzgado lo que puede agilizar o dilapidar el proceso de divorcio incausado, con una posible aproximación de 4 a 12 meses.

¿Cuántas audiencias son para un divorcio incausado?

Este tipo de divorcio consta de 2 audiencias de avenencia y audiencia inicial.

¿Quién paga el divorcio incausado?

Es un procedimiento judicial a petición de parte, lo que significa que cada cónyuge pagará lo correspondiente a su defensa, es decir, que cada uno pagará sus gastos y costas respectivas.

¿Qué pasa si el demandado no contesta la demanda de divorcio incausado?

Perderá sus derechos procesales respecto a las pretensiones del actor que inicio el proceso de divorcio.

¿Qué pasa si uno de los dos no se quiere divorciar?

El proceso de divorcio incausado, es subsistente con la manifestación de uno solo de los cónyuges, esto significa que aunque el otro no quiera divorciarse este será decretado bajo el derecho de el libre desarrollo de las personas.

¿Qué quiere decir la palabra incausado?

Sin causa, sin motivo, sin razón.

¿Quién se queda con la casa en un divorcio incausado?

En caso de existir bienes en un divorcio incausado, su repartición será plasmada en el convenio de divorcio, a su vez esto dependerá de el régimen matrimonial, pero es posible que en algunas legislaciones el domicilio conyugal se le da preferencia a la mujer para habitar siempre y cuando se encuentre bajo ciertos supuestos.

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Divorcio Voluntario

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¿Usted y su pareja están de acuerdo en divorciarse? El divorcio voluntario es una opción, conozca todo al respecto.

Es importante aclarar que no todas las legislaciones civiles tienen como supuesto el divorcio voluntario, como es el caso de la Ciudad de México.

Sin embargo si lo necesita y su legislación en su estado lo considera es una forma muy buena a tener en cuenta para divorciarse.

¿Qué es el divorcio voluntario?

El divorcio es voluntario cuando a través de un abogado se solicita de común acuerdo al Juez calificado.

El convenio en el divorcio voluntario.

Los cónyuges pueden divorciarse voluntariamente acudiendo al Juez competente y presentando a través de su abogado un convenio en que se fijen los siguientes puntos:

I. El domicilio que servirá de habitación a los cónyuges durante el procedimiento.

II. La cantidad que por alimentos deba cubrir un cónyuge al otro durante el procedimiento, la forma de hacerlo y la garantía que debe darse para asegurarlos.

III. Si hubiere hijos, la mención de quien deba tener su guardia y custodia durante y después del procedimiento y el régimen de convivencia.

Siempre velarán por lograr un ambiente sano acorde a las necesidades del menor evitando en todo momento generar sentimientos negativos, como odio, desprecio, rencor o rechazo hacia uno de los progenitores, de lo contrario serán sujetos a la suspensión o pérdida de la guarda y custodia.

IV. La determinación del que debe de cubrir los alimentos de los hijos así como la forma de pago y su garantía, tanto durante el procedimiento, como después de ejecutoriado el divorcio.

V. La determinación del que debe de cubrir los alimentos de los hijos así como la forma de pago y su garantía, tanto durante el procedimiento, como después de ejecutoriado el divorcio.

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Avenimiento de los cónyuges en el divorcio voluntario.

Los cónyuges que hayan solicitado al juez a través de su abogado el divorcio voluntario podrán dar termino a este procedimiento en cualquier tiempo, siempre y cuando el divorcio no haya sido decretado.

Los alimentos entre los cónyuges solicitantes del divorcio voluntario.

En el divorcio voluntario se tendrá derecho a recibir alimentos por el mismo lapso de duración del matrimonio, sólo cuando se esté en cualquiera de los siguientes supuestos:

I. Cualquiera de los cónyuges que haya realizado trabajo del hogar consistente en tareas de administración, dirección, atención y cuidado de la familia de manera cotidiana, durante el matrimonio.

II. Cualquiera de los cónyuges que, por su condición o circunstancia, no pueda allegarse sus propios alimentos.

Este derecho se disfrutará mientras no contraiga matrimonio o se una en concubinato el cónyuge con alimentos.

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Preguntas frecuentes sobre el divorcio voluntario.

¿Cuáles son los requisitos para un divorcio voluntario?

Para este tipo de divorcio se requiere el acuerdo entre las partes, la solicitud ante el juez competente a través de su abogado y el convenio de divorcio.

¿Cuál es el costo de un divorcio voluntario?

¿Qué es mejor el divorcio incausado o voluntario?

Uno no es mejor que otro, la decisión de elegir un procedimiento u otro estará basada en la situación jurídica que se encuentre, lo que a juicio de su abogado pueda convenirle el uso de uno u otro.

¿Cuánto tarda en salir un divorcio voluntario?

Esto dependerá de cada caso en particular y la carga de trabajo del juzgado, pero es posible que pueda llevar de 2 a 4 meses.

¿Qué beneficios tiene el divorcio voluntario?

Es posible que el beneficio más tangible sea el tiempo a comparación de sus homólogos, gracias a que en este divorcio lo que impera es el mutuo acuerdo de los cónyuges.

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Divorcio

¿Quiere divorciarse o lo ha pensado, desea conocer todo sobre esta disolución matrimonial? ha llegado al mejor sitio online.

¿Qué es el divorcio?

El divorcio es el acto civil por medio del cual se disuelve el vínculo matrimonial y deja a los cónyuges la posibilidad de contraer otro.

Tipos de Divorcio.

En la legislación Mexicana existen diferentes tipos de divorcios validos de ser solicitados por la población, la elección dependerá de la circunstancia personal en la que se pueda encontrar.

Los divorcios se clasifican en:

➡️ Divorcio Unilateral (CDMX).

En la legislación de la Ciudad de México solo se contempla el divorcio o también conocido como divorcio unilateral y el administrativo.

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Elemento necesario para la petición del divorcio.

El divorcio para ser procedente requiere un solo factor y esta es la voluntad, es decir, que podrá ser pedido por uno de los cónyuges, con la sola manifestación de no querer continuar con el matrimonio.

Como poner fin al trámite de divorcio.

La reconciliación de los cónyuges pone término al trámite de divorcio, no importa el estado procesal en que se pueda encontrar, siempre y cuando este aún no se hubiera decretado.

Si esto ocurre deberá ser comunicado al Juez inmediatamente.

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Medidas precautorias a tomar por el juez en el divorcio.

Estas medidas podrá tomarlas el juez sólo mientras dure el procedimiento.

Dichas decisiones serán tomadas una vez admitida la solicitud de divorcio, o antes, si hubiere urgencia.

I. Separar a los cónyuges, tomando siempre en cuenta las circunstancias personales de cada uno y el interés superior de los hijos menores y de los sujetos a tutela.

II. Fijar y asegurar los alimentos que debe dar el cónyuge alimentario al acreedor y a los hijos.

III. A falta de acuerdo entre los cónyuges, la guarda y custodia provisional de las y los hijos se decretará por el Juez quedando preferentemente al cuidado de la madre, debiendo escuchar a ambos progenitores, a las hijas o hijos y a cualquier otro interesado, en función del interés superior de las niñas, niños y adolescentes y de los sujetos a tutela. El Juez actuará de la misma manera para determinar el régimen de convivencia.

IV. Dictar las medidas convenientes respecto a la mujer que esté embarazada.

V. Las necesarias para que los cónyuges no se causen daños en su persona, en sus bienes, en los de la sociedad conyugal o en los bienes de los hijos.

La liquidación de la sociedad conyugal en el divorcio.

Decretado el divorcio, se liquidará la sociedad conyugal también conocida como matrimonio por bienes mancomunados y se tomarán las precauciones necesarias para asegurar las obligaciones pendientes entre los cónyuges o con relación a los hijos.

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Los alimentos entre los cónyuges en el divorcio.

Los alimentos entre cónyuges es lo que coloquialmente se conoce como pensión compensatoria.

En el divorcio uno de los cónyuges podrá tener derecho a una «pensión» si lo necesitará y su monto se fijará de acuerdo a las circunstancias siguientes:

I. La edad y el estado de salud.

II. Su grado de estudios y posibilidad de acceso a un empleo.

III. Medios económicos de uno y de otro cónyuge, así como de sus necesidades.

IV. Otras obligaciones que tenga el cónyuge deudor.

V. Las demás que el Juez estime necesarias y pertinentes.

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No cuenta con recursos y quiere poner fin a su matrimonio.

Requisitos para divorciarse.

La demanda de divorcio deberá ser acompañada por los siguientes documentos:

I. Acta de matrimonio en copia certificada.

II. Acta de nacimiento de los hijos en copia certificada.

III. Propuesta de convenio que habrá de regular las consecuencias de la disolución del vínculo matrimonial y esta deberá contener:

a) Designación sobre la guarda y custodia.

b) Régimen de visita y convivencia.

c) Cónyuge que seguirá habitando el domicilio.

d) La cantidad que por concepto de alimentos se propone para los menores y/o cónyuge solicitante.

e) La administración de los bienes de existir sociedad conyugal.

f) En caso de ser separación de bienes, la forma de repartición.

Anotación del divorcio en el Registro Civil.

Decretado el divorcio, el Juez remitirá copia certificada al Oficial del Registro Civil ante quien se celebró el matrimonio, para que a costa de los interesados se realicen los asientos correspondientes.

En caso de Divorcio Notarial, la propia fedataria o fedatario remitirá copia certificada al Registro Civil para que a costa de los interesados, se realicen los asientos correspondientes.

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Preguntas frecuentes sobre el divorcio.

¿Qué es lo primero que hay que hacer para divorciarse por la vía judicial civil familiar?

Lo primero es tener el deseo de divorciarse, tramitar los requisitos descritos en este articulo y obtener un abogado que lo represente ante los tribunales.

¿Cuáles son los tipos de divorcio?

Divorcio Incausado (EdoMex) o Divorcio Unilateral (CDMX), Divorcio Voluntario, Divorcio Administrativo, Divorcio Notarial.

¿Cómo obtener un divorcio gratis?

¿Cuál es el costo de un divorcio?

¿Cuánto tiempo tarda el proceso de divorcio?

El tiempo dependerá del caso en particular y carga laboral del juzgado lo que puede agilizar o dilapidar el proceso de divorcio.

¿Qué pasa si uno de los cónyuges se niega a firmar el divorcio?

Esto no es posible ya que el juez lo decretará teniendo en cuenta la decisión del cónyuge que no quiere continuar con el matrimonio.

¿Cuál es el monto y el tiempo por el que se le da pensión a uno de los cónyuges?

El tiempo dependerá de lo sentenciado por el juez y el monto por las características mencionadas en este articulo en las que el cónyuge solicitante se encuentre.

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